Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Junio de 2008, C. 333. XLIV

Fecha10 Junio 2008
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N1 333. XLIV.

L., A.R. s/ infr. ley 22.362 y 11.723.

Buenos Aires, 10 de junio de 2008 Autos y Vistos; Considerando:

Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto el 20 de diciembre de 2005 en la Competencia N1 1380.XLI "A., G. s/ infr. ley 22.362", a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.

Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el señor P.F., se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N1 1 de S.M., al que se le remitirá por intermedio de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de la localidad mencionada. A. copia del mencionado precedente y del correspondiente dictamen. H. saber al Juzgado de Garantías N1 3 del Departamento Judicial de San Martín, Provincia de Buenos Aires. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

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