Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Mayo de 2008, F. 150. XLIV

Fecha28 Mayo 2008
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 150. XLIV.

RECURSO DE HECHO

F. de Recuperación Crediticia Ley 12.726 c/ Navarro, D..

Buenos Aires, 28 de mayo de 2008 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Fideicomiso de Recuperación Crediticia Ley 12.726 c/ Navarro, D.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 84. N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN C.M..

Recurso de hecho interpuesto por el demandado D.N. patrocinado por el Dr. L.M.C.T. de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial: Sala D Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial n° 25

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