Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Mayo de 2008, B. 1953. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1953. XLII.

    Banco Liniers Sudamericano S.A. c/ Schiavon, J.A. s/ ejecutivo.

    Buenos Aires, 13 de mayo de 2008 Vistos los autos:

    ABanco Liniers Sudamericano S.A. c/ Schiavon, J.A. s/ ejecutivo@.

    Considerando:

    Que los agravios vinculados con la aplicación al caso de las normas que disponen la pesificación encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Tribunal en la causa S.499.XXXIX.

  2. de A., M. c/M., M.T., sentencia del 14 de agosto de 2007, considerandos 9° al 14, cuyos términos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad.

    Por ello, y oído el señor Procurador General, se declara formalmente admisible el recurso extraordinario deducido por el ejecutado y se revoca el fallo apelado en cuanto declara la inaplicabilidad de la ley 25.561 y normas complementarias. Con costas. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo resuelto. R.L.L. -E.I.

    HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z..

    Recurso extraordinario interpuesto por J.A.S.S., con el patro- cinio letrado del Dr. M.M. Traslado contestado por S.A.V.A., apoderado de la parte actora Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala AE@ Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional en lo Comercial n° 5

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