Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 4 de Marzo de 2008, G. 600. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 600. XLIII.

RECURSO DE HECHO

G.D.S., M.A. c/ Transportes Metropolitanos S.M..

Buenos Aires, 4 de marzo de 2008.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por M.A.G.D.S. y sus hijos menores N.Y.B.; M.D.B.; D.R.B.; T.Y.B. y J.A.B. en la causa G.D.S., M.A. c/ Transportes Metropolitanos San Martín", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa. N. y, previa devolución de los autos principales, archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por M.A.G.D.S. por sí y en representación de sus hijos menores N.Y.B.; M.D.B.; D.R.B., T.Y.B. y J.A.B., representados por la Dra. M.Y.B.T. de origen: Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil N° 109

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