Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Octubre de 2007, N. 195. XLIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 195. XLIII.

RECURSO DE HECHO

N., J.A. c/ la Administración Nacional de la Seguridad Social.

Buenos Aires, 2 de octubre de 2007.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la actora en la causa N., J.A. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el escrito en el que se dedujo el recurso de queja ha sido presentado ante este Tribunal una vez vencido el plazo para su interposición (arts.

282 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación), motivo por el cual corresponde declararlo extemporáneo (Fallos: 303:870; 306:767 y 323:831).

Por ello, se desestima esta presentación directa. N. y archívese. E.I.H. de NOLASCO - CARLOS S.

FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M. ARGIBAY.

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