Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Septiembre de 2007, R. 1187. XLI

Fecha11 Septiembre 2007
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 1187. XLI.

RECURSO DE HECHO

R., R.R. y otros c/ Dirección Nacional de Vialidad y otros.

Buenos Aires, 11 de septiembre de 2007 Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Concanor S.A. y por La Construcción S.A. Compañía Argentina de Seguros en la causa R., R.R. y otros c/ Dirección Nacional de Vialidad y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta presentación directa, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdidos los depósitos. N., devuélvanse los autos principales y, oportunamente, archívese. R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAUL ZAFFARONI - CARMEN M.

ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por Concanor S.A., representada por la Dra. A.S.M.; y por La Construcción Compañía Argentina de Seguros S.A., represen- tada por la Dra. M.A.M.T. de origen: Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán

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