Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 11 de Julio de 2007, N. 243. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 243. XLII.

Nahuelsat S.A. c/ Grupo Uno S.A. s/ ejecutivo.

Buenos Aires, 11 de julio de 2007 Autos y Vistos; Considerando:

Que contra la sentencia de la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que, al confirmar lo resuelto en la instancia anterior, rechazó las defensas opuestas por la actora y aplicó la denominada "teoría del esfuerzo compartido", la ejecutada dedujo simultáneamente el recurso de inaplicabilidad de ley (art. 288 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) y el extraordinario previsto en el art. 14 de la ley 48. Este último fue concedido a fs. 294/295.

Que del auto de fs. 286 surge que el a quo omitió dar tratamiento al recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por la recurrente. En tales condiciones, al no estar agotada la vía recursiva señalada, potencialmente apta para la revisión del pronunciamiento presuntamente lesivo de garantías constitucionales, el tratamiento del recurso extraordinario resulta extemporáneo por prematuro.

Por ello, se deja sin efecto el auto de concesión del recurso extraordinario de fs. 294/295. Devuélvanse las actuaciones al tribunal de origen a los efectos pertinentes. N. y remítase. R.L.L. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso extraordinario interpuesto por Grupo Uno S.A., representado por el Dr. M.A.P. y Montes Traslado contestado por Nahuelsat S.A., representado por el Dr. M.J. Azumendi Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, S.B.T. que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial n° 12

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