Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Mayo de 2007, F. 974. XLII

Fecha29 Mayo 2007
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 974. XLII.

PVA F.D., G. s/ su presentación en autos: "Consorcio Mariscal A.J. de Sucre c/ D. de F. de Cordero y otro s/ oposición a la ejecución de reparaciones urgentes".

Buenos Aires, 29 de mayo de 2007 Autos y Vistos; Considerando:

Que si el litigante escogió el recurso extraordinario como medio de impugnación de la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S.F., la denegación de dicho recurso sólo puede ser cuestionada por la vía de la queja prevista en el art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

Por ello, se desestima la presentación. H. saber y, oportunamente, archívese. R.L.L. -E.I.

HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Abogado: Dr. G.F.D. por derecho propio Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S.F.

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