Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Mayo de 2007, N. 103. XXXV

Fecha29 Mayo 2007
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 103. XXXV.

RECURSO DE HECHO

N. de R., J. c/P. de Canavoso, Benita E.

Buenos Aires, 29 de mayo de 2007 Autos y Vistos:

En atención a la labor desarrollada a fs. 131/142 y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 6°, incs. a, b, c y d, 7°, 9° y 14 de la ley 21.839 Cmodificada por la ley 24.432C, se regulan los honorarios de los doctores Carmen L.

García de V. y M.A.R. en la suma de mil ochocientos pesos ($ 1.800), en conjunto.

Asimismo, con relación al escrito de fs. 297/311, teniendo en cuenta lo dispuesto por el citado art. 6° Crégimen que no contempla una determinada retribución por la tarea realizada en los recursos de quejaC, se regulan los honorarios de los doctores A.M.S. y M.A.R. en las sumas de doscientos sesenta pesos ($ 260) y de cien pesos ($ 100), respectivamente.

N. y devuélvanse.

E.S.P. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

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