Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Mayo de 2007, D. 1223. XLI

Fecha03 Mayo 2007
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 1223. XLI.

RECURSO DE HECHO

Deutsche Bank Argentina S.A. c/ Grassi, C.R. y otros.

Buenos Aires, 3 de mayo de 2007 Autos y Vistos:

Habida cuenta que desde la última actuación del Tribunal encaminada a impulsar el procedimiento ha transcurrido un lapso superior al previsto por el art. 310, inc. 2°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sin que la parte haya activado el trámite del recurso, corresponde declarar la caducidad de la instancia.

Por ello, se declara la caducidad de la instancia. N. y archívese. R.L.L. -E.I. HIGH- TON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - CARMEN M. ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por R.G., por derecho propio, con el patro- cinio letrado del Dr. Alberto Mariano Sorbara Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, S.F.T. que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Civil N° 110

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