Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Marzo de 2007, G. 57. XLIII
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
G. 57. XLIII. y otro G., C.M. y otros s/ inconst. ley 11.761.
Buenos Aires, 20 de marzo de 2007.
Vistos los autos: "G.57.XLIII. ›G., C.M. y otros s/ inconst. ley 11.761'; F.51.XLIII. ›F., C.A. y otros s/ inconst. ley 11.761'".
Considerando:
Que los recursos extraordinarios interpuestos son inadmisibles (artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).
Por ello, se los desestima. Con costas (artículo 68 del código citado). N. y devuélvanse. R.L. LO- RENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - E. R.Z..
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 20 de Junio de 2007, expediente I 1888
...de lo dispuesto por el art. 280 del Cód. Proc. Civil y Comercial de la Nación (conf. causas G.1560.XLII, "Gutiérrez", sent. del 6-III-07; G.57.XLIII, "González" y F.51.XLIII, "Frisardi", ambas sent. del 20-III-07) nos obligan a efectuar un reexamen de nuestra decisión. Por ello cabe conform......
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Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 20 de Junio de 2007, expediente I 1888
...en virtud de lo dispuesto por el art. 280 del Cód. P.. Civil y Comercial de la Nación (conf. causas G.1560.XLII, G., sent. del 6-III-07; G.57.XLIII, G. y F.51.XLIII, F., ambas sent. del 20-III-07) nos obligan a efectuar un reexamen de nuestra Por ello cabe conformar nuestra postura a las......
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Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Marzo de 2007, F. 51. XLIII
...G. 57. XLIII. y otro G., C.M. y otros s/ inconst. ley Buenos Aires, 20 de marzo de 2007. Vistos los autos: "G.57.XLIII. ›G., C.M. y otros s/ inconst. ley 11.761'; F.51.XLIII. ›F., C.A. y otros s/ inconst. ley 11.761'". Considerando: Que los recursos extraordinarios interpuestos son inadmisi......
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Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 20 de Junio de 2007, expediente I 1888
...de lo dispuesto por el art. 280 del Cód. Proc. Civil y Comercial de la Nación (conf. causas G.1560.XLII, "Gutiérrez", sent. del 6-III-07; G.57.XLIII, "González" y F.51.XLIII, "Frisardi", ambas sent. del 20-III-07) nos obligan a efectuar un reexamen de nuestra decisión. Por ello cabe conform......
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