Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Febrero de 2007, G. 1238. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 1238. XLII.

RECURSO DE HECHO

González, F. c/ Microómnibus General San Martín SAC.

Buenos Aires, 20 de febrero de 2007.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la concursada en la causa G., Feliciana c/ Microómnibus General San Martín SAC@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 118. N. y, oportunamente, archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - ENRIQUE S.P. -J.C.M..

Recurso de hecho interpuesto por Microómnibus General S.M.S.A.C., represen- tada por el Dr. Miguel Ángel Vermeulen Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Tribunales que intervinieron con anterioridad: S. Primera de la Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Isidro

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