Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 13 de Febrero de 2007, R. 734. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

R. 734. XLII.

RECURSO DE HECHO

R., I.P. c/L., G.P..

Buenos Aires, 13 de febrero de 2007.

Vistos los autos: "Recurso de hecho de deducido por la actora en la causa R., I.P. c/L., G.P.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima esta presentación directa. N. y, oportunamente, archívese. R.L.L. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso de hecho interpuesto por la actora, con el patrocinio de la Dra. Raquel M.

Gerbotto de Di Liscia Tribunal de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos.

Sala Civil y Comercial Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara Segunda de Apelaciones de Paraná, S.I.

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