Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Febrero de 2007, M. 930. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 930. XLII.

RECURSO DE HECHO

M.K., M. c/M., M. y otros.

Buenos Aires, 6 de febrero de 2007.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por M.M.M. de G. y M.M. en la causa M.K., M. c/M., M. y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya desestimación origina la presente queja, no cumple con el recaudo de la fundamentación autónoma.

Por ello, se desestima esta presentación directa y se da por perdido el depósito de fs. 1. N. y archívese.

R.L.L. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - ENRI- QUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN C.M..

Recurso de hecho interpuesto por M.M. de G. y M.M., representados por la Dra. M.M.C.T. de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Tribunales que intervinieron con anterioridad: S. Primera de la Cámara Primera de Apelaciones en lo Civil y Comercial y Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 12, ambos del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires

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