Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Diciembre de 2006, I. 306. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 306. XLII.

RECURSO DE HECHO

I., M.Á. c/ Transportadora Gas del Sur S.A.

Buenos Aires, 19 de diciembre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional en la causa I., M.Á. c/ Transportadora Gas del Sur S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la queja ha sido interpuesta extemporáneamente puesto que el término para interponer el recurso de hecho es de 12 días hábiles, teniendo en cuenta la distancia más larga que resulta de la comparación entre la vía férrea y la ruta terrestre (acordada CSJN 50/86) conforme la tabla de distancias en kilómetros a todas las capitales y asientos federales (arts. 158, 282 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y constancias de fs. 105, 107 y 120).

Por ello, se desestima la queja. N., y oportunamente, archívese.

E.S.P. -E.I.

HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional representado por el Dr. L.M.S.T. de origen: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut

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