Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 15 de Diciembre de 2006, C. 1237. XLII

Fecha15 Diciembre 2006

Competencia N° 1237. XLII.

P.S.A. s/ quiebra s/ inc. de verificación prom. por: F., M.L..

Procuración General de la Nación S u p r e m a C o r t e:

El magistrado a cargo del Juzgado Nacional en lo Comercial N1 6, y los señores jueces del Tribunal del Trabajo N1 1, del Departamento Judicial de Quilmes, Provincia de Buenos Aires, discrepan en torno a la competencia para entender en la presente causa (v. fs. 26/7 y 28).

En tales condiciones, se suscita una contienda jurisdiccional que corresponde resolver a V.E. de conformidad con lo dispuesto por el artículo 24, inciso 71 del decreto-ley 1285/58, texto según ley 21.708.

Toda vez que se trata en el presente caso de un incidente de verificación de crédito contra la fallida P.S.A., entiendo que el único que puede conocer en el mismo es el juez del concurso.

Por lo expuesto, opino que las presentes actuaciones deberán continuar su trámite en el Juzgado Nacional en lo Comercial N1 6, donde se encuentra el juicio universal.

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2006.- Es copia

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