Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Noviembre de 2006, C. 389. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 389. XLII.

A. de S., M.V. y otra c/ LU24 Radio Tres Arroyos S.R.L. y otro s/ remoción s/ incidente de competencia.

Buenos Aires, 28 de noviembre de 2006.

Autos y Vistos:

De conformidad con lo dictaminado por la señora Procuradora Fiscal, resulta competente para conocer en las actuaciones el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial n° 2 de la ciudad de Tres Arroyos, Departamento Judicial de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires, al que se le remitirán.

H. saber al Juzgado Federal de Primera Instancia n° 2 de Bahía Blanca. E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN C.M. -R.L.L..

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires

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