Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Noviembre de 2006, C. 1046. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1046. XXXV.

Cuenca, D. y otros c/ YPF y otro s/ part. accionariado obrero.

Buenos Aires, 28 de noviembre de 2006.

Autos y Vistos; Considerando:

Que a fs. 436 la codemandada Estado Nacional peticiona aclaratoria de la sentencia dictada por este Tribunal a fs. 431/432, mediante la cual Cpor mayoríaC se declaró procedente el recurso extraordinario y se confirmó C. remisión al precedente "A." (Fallos: 324:3876)C la sentencia que había admitido reclamos inherentes al Programa de Propiedad Participada de Y.P.F. Alega que la situación del sub examine no guarda similitud con el mencionado precedente, pues, por un lado, el coactor Cuenca se desvinculó de la empresa el 10 de diciembre de 1993 sin haber manifestado su voluntad de adherir al programa y, por el otro, los coactores Tarducci, G., G. y F. revestían la calidad de contratados, razón por la cual no tenían derecho de integrarlo.

Que dichos argumentos son inhábiles, por dos motivos. Primeramente, porque no fueron materia de agravio en el recurso extraordinario de fs. 387/408, razón por la cual resultan ser el fruto de reflexiones tardías. En segundo lugar, pues tanto en la sentencia de cámara como en dicho recurso se plantearon cuestiones sustancialmente análogas a las debatidas y resueltas en el caso citado.

Por ello, se desestima lo peticionado a fs. 436. H. saber y cúmplase con lo ordenado a fs.

432 vta.

ELENA I.

HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

Profesionales intervinientes: Dra. L. delC.C. (Estado Nacional)

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR