Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Octubre de 2006, F. 308. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 308. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

Ford Credit Compañía Financiera S.A. c/ Novoa, J.C..

Buenos Aires, 18 de octubre de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Ford Credit Compañía Financiera S.A. c/ Novoa, J.C.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que esta Corte comparte los fundamentos expuestos en el dictamen de la señora Procuradora Fiscal subrogante, al que cabe remitir en razón de brevedad.

Por ello, se desestima la queja. N. y, oportunamente, archívese previa devolución de los autos principales.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN CARLOS MAQUEDA - RICARDO LUIS LOREN- ZETTI.

Recurso de hecho interpuesto por el demandado, J.C.N., representado y patrocinado por el Dr. Adrián D. Albor Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala D Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial N° 18

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