Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 26 de Septiembre de 2006, L. 513. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 513. XXXIX.

R.O.

Luraschi, E.A. c/ ANSeS s/ pres- taciones varias.

Buenos Aires, 26 de septiembre de 2006.

Vistos los autos: "L., E.A. c/ ANSeS s/ prestaciones varias".

Considerando:

  1. ) Que contra el pronunciamiento de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que declaró desierto el recurso de apelación deducido por el titular, en razón de que no contenía una crítica concreta y razonada del fallo de primera instancia que había rechazado la demanda dirigida a mantener en vigor el doble beneficio, el actor dedujo recurso ordinario de apelación, que fue concedido de conformidad con el art. 19 de la ley 24.463.

  2. ) Que para decidir de ese modo, la cámara consideró que la expresión de agravios presentada en esa instancia carecía de fundamentos pues no había refutado todos y cada uno de los argumentos que habían sustentado el fallo del juez de grado y, en tales condiciones, dicha presentación re- sultaba insuficiente para habilitar su pronunciamiento.

  3. ) Que el peticionario no logra demostrar en su memorial que en la presentación efectuada ante la alzada haya formulado críticas precisas y concretas de la sentencia de primera instancia, por lo que sólo traduce una mera disconformidad con la declaración de falta de fundamentación del recurso realizada por la cámara, máxime cuando lo decidido sobre la cuestión de fondo coincide con lo resuelto por esta Corte, en contra de las pretensiones del jubilado, en Fallos:

324:3709 ("Scordomaglia, J.D."), por lo corresponde

declarar desierto el remedio intentado.

Por ello, el Tribunal resuelve: declarar desierto el recurso ordinario deducido. N. y devuélvase. E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

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