Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Julio de 2006, A. 307. XLII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 307. XLII.

RECURSO DE HECHO

Asociación de Madereros Aserraderos y Afines del Alto Paraná y otros s/ acción de inconstitucionalidad.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de julio de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa Asociación de Madereros Aserraderos y Afines del Alto Paraná y otros s/ acción de inconstitucionalidad", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - JUAN CARLOS MAQUEDA - RICARDO LUIS LORENZETTI - CARMEN M.

ARGIBAY.

Recurso de hecho interpuesto por la actora, representada por el Dr. J.J.S.A. con el patrocinio del Dr. M.A.R.M.T. de origen: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Misiones

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