Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Mayo de 2006, C. 115. XLI

Fecha30 Mayo 2006
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 115. XLI.

RECURSO DE HECHO

Correo Argentino S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de revisión promovido por la concursada al crédito del Estado Nacional Argentino.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de mayo de 2006.

Autos y Vistos; Considerando:

Que los argumentos aducidos en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja pueden, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal susceptibles de examen en la instancia del art. 14 de la ley 48, por lo que la queja es admisible, sin que ello implique pronunciamiento sobre el fondo del recurso (art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; Fallos: 295:658; 297:558; 308:249; causa E.119.X.A., S.R. y otros c/ Nueve A. S.A. y otro@, resolución del 4 de mayo de 1999, entre otros).

Por ello, se hace lugar a lo solicitado a fs. 252/255, se declara formalmente admisible la queja y se decreta la suspensión del curso del proceso.

Agréguese el recurso de hecho a los autos principales. N. a las partes y hágase saber lo resuelto al Juzgado de Primera Instancia en lo Comercial n° 9 y a la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, con copia de la presente. Vuelvan los autos a la Procuración General de la Nación. ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI - ELENA I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L..

Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional, representado por los Dres.

A.D.G. y A.J. Vera Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial (Sala B) Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial n° 9

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