Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Mayo de 2006, E. 528. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 528. XLI.

RECURSO DE HECHO

E., G.M. y otros s/ defrauda- ción.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 16 de mayo de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por A.M.K. y J.M.K. en la causa E., G.M. y otros s/ defraudación", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, no se dirige contra una sentencia definitiva o supuesto equiparable (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día de notificada, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución.

H. saber y archívese.

ENRIQUE SANTIAGO PE- TRACCHI - ELENA I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por G.M.E., A.M.K. y J.M.K., representados por A.M.K. y J.M.K., en causa propia y defensores de G.M.E.T. de origen: Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal y Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 36

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