Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 9 de Mayo de 2006, J. 133. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

J. 133. XLI.

RECURSO DE HECHO

Juguera, M.C. c/ Poder Ejecutivo Nacional.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 9 de mayo de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional - Ministerio de Economía en la causa J., M.C. c/ Poder Ejecutivo Nacional", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que en atención a que el escrito de interposición de la queja ha sido presentado fuera del plazo correspondiente (arts. 282 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y constancias de fs. 28/28 vta. y 39), corresponde rechazar esta presentación directa.

Por ello, se rechaza el recurso de hecho planteado. N. y archívese. E.I.H. de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional - Ministerio de Economía, representados por el Dr. G.R.S.T. de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala II) Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 12

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