Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 3 de Mayo de 2006, M. 439. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 439. XLI.

RECURSO DE HECHO

Macaris, A. c/ Tecnomatter I.C.S.A.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 3 de mayo de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa M., A. c/ Tecnomatter I.C.S.A.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que la cuestión federal alegada en el recurso extraordinario C. denegación dio origen a esta quejaC con fundamento en la doctrina de Fallos: 308:490 y 311:2478, no ha sido introducida oportunamente en el proceso.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 1. H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -E.I. HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L.- ZETTI.

Recurso de hecho interpuesto por Tecnomatter I.C.S.A., representada y patrocinada por el Dr. F.C.M. Furcada Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires Tribunales que intervinieron con anterioridad: Tribunal del Trabajo N° 2 de San Nicolás

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR