Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 28 de Febrero de 2006, L. 1324. XLI

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 1324. XLI.

RECURSO DE HECHO

L., E.F. c/ Poder Ejecutivo Nacional.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 28 de febrero de 2006.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional - Ministerio de Economía en la causa L., E.F. c/ Poder Ejecutivo Nacional", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que en atención a que el escrito de interposición de la queja ha sido presentado fuera del plazo correspondiente (arts. 282 y 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) según surge de las constancias de fs. 60, 76 vta, y 77, corresponde rechazar el recurso de queja.

Por ello, se rechaza el recurso de hecho planteado. N. y archívese. E.I.H. de N. -J.C.M. -E.R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional - Ministerio de Economía, representados por el Dr. C.E. de B.S.T. de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala II) Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 4

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