Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 14 de Febrero de 2006, F. 1642. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

F. 1642. XL.

Frigorífico M.S.A. s/ quiebra c/ Trade S.A. s/ ordinario.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 14 de febrero de 2006.

Vistos los autos: "Frigorífico Moreno S.A. s/ quiebra c/ Trade S.A. s/ ordinario".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se declara improcedente el recurso extraordinario, con costas. N. y devuélvase. E.S.P. -E.I. HIGHTON de NOLASCO - JUAN CARLOS MAQUEDA (en disidencia) - E. R.Z. -R.L.L. -C.M.A..

D.

F. 1642. XL.

Frigorífico M.S.A. s/ quiebra c/ Trade S.A. s/ ordinario.

Corte Suprema de Justicia de la NaciónDENCIA DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON J.C.M. Considerando:

Que contra la sentencia de la Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que Cal desestimar el recurso de la sindicatura y admitir el planteo de la demandadaC dejó firme la decisión de la primera instancia que consideró aplicable al caso la ley 24.522, la vencida interpuso el recurso extraordinario federal que fue concedido a fs.

196/197.

Que la cuestión es sustancialmente análoga a la debatida y resuelta en el precedente de Fallos: 326:2180 a cuyos fundamentos y conclusiones se remite por razón de brevedad.

En consecuencia, a la fecha en que la sindicatura introdujo el pedido de ineficacia del acto cuestionado C30 de septiembre de 1998, según cargo de fs. 12C el plazo de tres años que, de acuerdo con el art. 128 de la ley 19.551, aplicable al sub lite, debe contarse desde que la sentencia de quiebra quedó firme (30 de noviembre de 1995), aún no había transcurrido.

Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario de fs. 156/163 y se revoca el fallo apelado. Con costas (art.

68, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que, por medio de quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento con arreglo a lo expresado. N. y remítase. J.C.M..

Recurso extraordinario por el Frigorífico Moreno S.A. s/ quiebra, representado por el Dr. F.R.V., con el patrocinio de los Dres. R.A.C.Z., M.F.A. y G.I. Trapaglia Traslado contestado por Trade S.A., representado por el Dr. M.G.T. de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, Sala E Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia en lo Comercial n° 1

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