Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 25 de Octubre de 2005, N. 598. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

N. 598. XL.

RECURSO DE HECHO

N., J.C. y otros s/ estafas reiteradas Ccausa n° 2071C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 25 de octubre de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de O.F.J.T. en la causa N., J.C. y otros s/ estafas reiteradas Ccausa n° 2071C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario cuya denegación origina esta queja no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese.

E.S.P. -E.I.

HIGHTON de N. -J.C.M. -E.R.Z. -C.M.A..

Recurso de hecho interpuesto por J.S.S. y G.S.G., abogados defensores de O.F.J.T.T. de origen: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Sala VI Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción n° 48

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