Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Septiembre de 2005, C. 734. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

C. 734. XXXIX.

R.O.

Ciccimarra, M. c/ ANSeS s/ reajustes varios.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de septiembre de 2005.

Vistos los autos: "Ciccimarra, M. c/ ANSeS s/ reajustes varios".

Considerando:

Que la cuestión que se suscita en la presente causa, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, encuentra adecuada respuesta en el precedente del Tribunal publicado en Fallos:

325:98 ("Perletto"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad.

Que los restantes agravios de la ANSeS suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por la Corte en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad.

Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedente el recurso ordinario deducido y confirmar la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos del fallo "Perletto, R.A." citado.

N. y devuélvase.

E.I.H. de NOLASCO - CARLOS S. FAYT - JUAN C.M. -E.R.Z. -R.L.L..

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