Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Agosto de 2005, S. 1857. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 1857. XXXVIII. y otro.

RECURSOS DE HECHO

Solioz, E.I. y otros c/ Massalin Particulares S.A. y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de agosto de 2005.

Vistos los autos:

"'Recurso de hecho deducido por la demanda en la causa S., E.I. y otros c/ Massalin Particulares S.A. y otro' y por la actora en la causa S.1926.XXXVIII. 'S., E.I. y otros c/ Massalin Particulares S.A. y otro'", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios cuya denegación motivó estas queja, son inadmisibles (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, oído el señor P.F., se desestiman las quejas.

D. perdido el depósito de fs.

102 de S.1857.XXXVIII. H. saber y, previa devolución de los autos principales, archívense. E.S.P. -A.C.B. -J.C.M. -E.R.Z. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

1 temas prácticos
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR