Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 30 de Agosto de 2005, C. 101. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 101. XL.

RECURSO DE HECHO

C., E. y otros c/ Empresa Nacional de Telecomunicaciones y otro.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 30 de agosto de 2005.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la actora en la causa C., E. y otros c/ Empresa Nacional de Telecomunicaciones y otro", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de N. -R.L.L..

Recurso de hecho interpuesto por la actora, representada por el Dr. C.R.E.T. de origen: Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional de Primera Instan- cia del Trabajo n° 18

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