Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 29 de Marzo de 2005, A. 1475. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 1475. XXXIX.

A.R., Z.G. c/ Cotecsud S.A. y otro s/ despido.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 29 de marzo de 2005.

Vistos los autos: "Andreotta Rua, Z.G. c/ Cotecsud S.A. y otro s/ despido".

Considerando:

Que el recurso extraordinario es inadmisible (art.

280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, habiendo dictaminado el señor P.F., se desestima el recurso extraordinario de fs. 318/321 vta.

Con costas.

N. y, oportunamente, devuélvase.

E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso extraordinario interpuesto por American Express, representada por el Dr. R.M.P.C..

Tribunal de origen: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, S.V..

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