Procuración General de la Nación en la sentencia de Corte Suprema de Justicia, 12 de Enero de 2005, C. 16. XLI

Fecha12 Enero 2005
Número de registro575923
  1. 16. XLI.

C., M.R.R. s/ recurso de casación e inconstitucionalidad.

Procuración General de la Nación Suprema Corte:

El Tribunal me corre vista en las presentes actuaciones a los fines de dictaminar acerca de la habilitación del receso judicial del mes de enero y del recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de M.R.R.C., en el incidente formado por la solicitud de su excarcelación.

La apelación federal concedida por la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal, se interpuso contra la resolución que declaró mal concedido C. inadmisibleC el recurso de casación, mediante el cual se impugnó la decisión de la cámara de apelaciones que confirma el rechazo de la excarcelación del nombrado.

En primer término considero que se presentan en el sub lite las condiciones del art. 4° del Reglamento para la Justicia Nacional para la habilitación de la feria, toda vez que la demora podría tornar ilusorios derechos de raigambre constitucional y aparejar al recurrente un perjuicio de imposible o dificultosa reparación ulterior, teniendo en cuenta que la vía recursiva intentada se refiere a un asunto en el que está en discusión la libertad ambulatoria del apelante.

En segundo lugar, sobre la cuestión traída, estimo que concurren en este caso condiciones análogas a las presentadas en la causa M.251.XL "M., S. s/ robo en tentativa", respecto de las cuales esta Procuración General emitió dictamen el 16 de septiembre de 2004, a cuyos términos y conclusiones cabe remitirse en razón de brevedad.

Sobre la base de las consideraciones allí vertidas, opino que corresponde el envío de las actuaciones a la Cámara Nacional de Casación Penal para que dicte un pronunciamiento con arreglo al presente.

Buenos Aires, 12 de enero de 2005

Es Copia F.D.O.

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