Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 2 de Diciembre de 2004, A. 629. XL

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 629. XL.

    RECURSO DE HECHO

    Amszynovsky de C., Y.J. y otros c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

    Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 2 de diciembre de 2004.

    Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires en la causa Amszynovsky de C., Y.J. y otros c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires", para decidir sobre su procedencia.

    Considerando:

    Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

    Por ello, se desestima la queja, declárase perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese.

    E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z. (según su voto)- ELENA I. HIGHTON de NOLASCO.

    VO

  2. 629. XL.

    RECURSO DE HECHO

    Amszynovsky de C., Y.J. y otros c/ Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

    Corte Suprema de Justicia de la NaciónTO DEL SEÑOR MINISTRO DOCTOR DON E. RAUL ZAFFARONI Considerando:

    Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal (art. 14 de la ley 48).

    Por ello, se desestima la queja. Declárase perdido el depósito de fs. 1. N. y, oportunamente, archívese. E.

    RAUL ZAFFARONI.

    Recurso de hecho interpuesto por M.D.C. en representación del Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

    Tribunal de origen: Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

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