Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 19 de Octubre de 2004, A. 1106. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)
  1. 1106. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

A., J. y otros c/ Banco Hipotecario Nacional.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 19 de octubre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por G.F.S. y D.E. De la Fuente en la causa A., J. y otros c/ Banco Hipotecario Nacional", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdidos los depósitos de fs. 53 y 54. H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.I. HIGHTON de NOLASCO.

Recurso de hecho interpuesto por los Dres. G.F.S. y D.E. De la Fuente, abogados por su propio derecho.

Tribunal de origen: Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario.

Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Federal de Primera Instancia n° 2 de Rosario.

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