Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 5 de Octubre de 2004, G. 370. XXXIX

Fecha05 Octubre 2004
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 370. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

G.P., H.F. c/ Grupo Siembra y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 5 de octubre de 2004.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por el apoderado de H.F.G.P. en la causa G.P., H.F. c/ Grupo Siembra y otros", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. H. saber y, oportunamente, archívese. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -J.C.M. -E.R.Z..

Recurso de hecho interpuesto por H.F.G.P., representado por el doctor H.R.G.P., con el patrocinio letrado del doctor L.N.Y. cuyo escrito de renuncia obra a fs. 35.

Tribunal de origen: Corte Suprema de Justicia de Santa Fe Tribunales que intervinieron con anterioridad: Sala Segunda de la Cámara de Apela- ción en lo Laboral; Juzgado Laboral de la Tercera Nominación de Santa Fe

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR