Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Julio de 2004, L. 23. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 23. XXXVIII.

R.O.

Larosa, J. c/ Instituto Municipal de Previsión Social s/ municipales.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de julio de 2004.

Vistos los autos: "L., J. c/ Instituto Municipal de Previsión Social s/ municipales".

Considerando:

Que los agravios de la ANSeS vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ("A."), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad.

Que los restantes agravios del organismo previsional suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por esta Corte en Fallos:

323:3135 ("Torres Brizuela"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad.

Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedente el recurso ordinario deducido y confirmar la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos del fallo "A., F." citado. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). N. y devuélvase. A.C.B. -C.S.F. -A.B. -A.R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

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