Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 1 de Junio de 2004, M. 2392. XXXIX
Emisor | Suprema Corte de Justicia (Argentina) |
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2392. XXXIX.
RECURSO DE HECHO
M.O., E. s/ juicio político.
Procuración General de la Nación Buenos Aires, 1° de junio de 2004.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por E.M. O'Connor en la causa Moliné O´Connor, E. s/ juicio político", para decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que a fin de evitar reiteraciones innecesarias corresponde remitir a lo decidido, en lo pertinente, por esta Corte en la causa M.56.XL. "M. O´C., E. s/ su remoción", sentencia de la fecha.
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General subrogante de la Nación, se desestima la queja.
Reintégrese el depósito por no corresponder.
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y archívese. W.G.M. -J.O.M. -E.C.W. - ROMAN JULIO FRONDIZI (según su voto)- M.D.T. DE SKANATA (según su voto)- J.M. LEAL DE IBARRA (según su voto)- J.A.M. (según su voto) - H.R.F. -A.P.P. (según su voto).
VO
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2392. XXXIX.
RECURSO DE HECHO
M.O., E. s/ juicio político.
Corte Suprema de Justicia de la NaciónTO DE LA SEÑORA CONJUEZ DOCTORA M.D.T. DE SKANATA Considerando:
Que a fin de evitar reiteraciones innecesarias corresponde remitir a lo decidido, en lo pertinente, por esta Corte en la causa M.56.XL. "M. O´C., E. s/ su remoción", sentencia de la fecha, voto de los jueces Leal de I. y Tyden de Skanata.
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General subrogante de la Nación, se desestima la queja.
Reintégrese el depósito por no corresponder.
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y archívese. M.D.T. DE SKANATA.
VO
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2392. XXXIX.
RECURSO DE HECHO
M.O., E. s/ juicio político.
Corte Suprema de Justicia de la NaciónTO DEL SEÑOR CONJUEZ DOCTOR DON J.M. LEAL DE IBA- RRA Considerando:
Que a fin de evitar reiteraciones innecesarias corresponde remitir a lo decidido, en lo pertinente, por esta Corte en la causa M.56.XL. "M. O´C., E. s/ su remoción", sentencia de la fecha, voto del juez Leal de I..
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General subrogante de la Nación, se desestima la queja.
Reintégrese el depósito por no corresponder.
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y archívese. J.M. LEAL DE IBARRA.
VO
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2392. XXXIX.
RECURSO DE HECHO
M.O., E. s/ juicio político.
Corte Suprema de Justicia de la NaciónTO DEL SEÑOR CONJUEZ DOCTOR DON J.A.M. Considerando:
Que a fin de evitar reiteraciones innecesarias corresponde remitir, en lo pertinente, a lo decidido por esta Corte en la causa M.56.XL. "M. O´C., E. s/ su remoción", sentencia de la fecha, voto del juez M..
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General subrogante de la Nación, se desestima la queja.
Reintégrese el depósito por no corresponder.
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y archívese. J.A.M..
VO
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2392. XXXIX.
RECURSO DE HECHO
M.O., E. s/ juicio político.
Corte Suprema de Justicia de la NaciónTO DEL SEÑOR CONJUEZ DOCTOR DON H.R.F. Considerando:
Que a fin de evitar reiteraciones innecesarias corresponde remitir, en lo pertinente, a lo decidido por esta Corte en la causa M.56.XL. "M. O´C., E. s/ su remoción", sentencia de la fecha, disidencia del juez F..
Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el señor P. General subrogante de la Nación, se desestima la queja.
Reintégrese el depósito por no corresponder.
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y archívese. H.R.F..
VO
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2392. XXXIX.
RECURSO DE HECHO
M.O., E. s/ juicio político.
Corte Suprema de Justicia de la NaciónTO DE LOS SEÑORES CONJUECES DOCTORES DON ROMAN JULIO FRONDIZI Y DON ARTURO PEREZ PETIT Considerando:
Que en mérito a lo resuelto por esta Corte en la causa M.56.XL.
"M. O´C., E. s/ su remoción", sentencia de la fecha, disidencia de los jueces F. y P.P., es inoficioso el tratamiento de los agravios planteados en el recurso extraordinario cuya denegación origina la presente queja, por lo que la cuestión se ha tornado abstracta.
Por ello, y oído el señor Procurador General subrogante de la Nación, se declara abstracta la queja. Reintégrese el depósito por no corresponder. N. y archívese. ROMAN JULIO FRONDIZI - ARTURO PEREZ PETIT.
Recurso de hecho interpuesto por E.M.O.'Connor, representado por G.B.P.:
Honorable Senado de la Nación constituido en Tribunal de Juicio Político.