Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 27 de Mayo de 2004, V. 490. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 1107. XXXIX. Y OTROS RR.OO.

S.J.A. C/ ANSES S/ REAJUSTES VARIOS.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 27 de mayo de 2004.

Vistos los autos: "S.1107.XXXIX. 'S.J.A. c/ ANSES'; D.962.XXXIX.

'D.A.S. c/ ANSES'; O.326.XXXIX. 'OKADA R. c/ ANSES'; P.1277.XXXIX. 'P.O. c/ ANSES'; V.490.XXXIX. 'VEGLIA ELISA c/ ANSES'".

Considerando:

Que las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con la tasa de interés, encuentran adecua-da respuesta en el precedente de Fallos: 325:1185 ("A."), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad.

Que los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos.

Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmar las sentencias apeladas con el alcance fijado en el fallo "A." citado.

Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). N. y devuélvanse. A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

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