Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 23 de Marzo de 2004, C. 1270. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

Competencia N° 1270. XXXIX.

C., J.L. s/ defraudación por estelionato.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 23 de marzo de 2004.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F., a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que deberá enviarse el presente incidente al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción N° 25 con el fin de que profundice la investigación respecto de las enajenaciones del vehículo prendado. Asimismo, deberá enviar copia de las actuaciones pertinentes al Juzgado de Garantías N° 5 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, para que entienda respecto de la posible defraudación prendaria.

H. saber a este último.

E.S.P. -A.C.B. -A.R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

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