Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 17 de Febrero de 2004, P. 696. XXXIX

Fecha17 Febrero 2004
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 124. XXXIX. y otro

RECURSOS DE HECHO

Egido, Custodio Mariano c/ Provincia de Santa Fe.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 17 de febrero de 2004.

Vistos los autos: "Recursos de hecho deducidos por la actora en las causas ›Egido, Custodio Mariano c/ Provincia de Santa Fe' y P.696.XXXIX. ›P., A.J. c/ Provincia de Santa Fe'", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que los recursos extraordinarios, cuya denegación origina las presentes quejas, son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestiman estas presentaciones directas.

N. y archívense. E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -A.R.V. -J.C.M..

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