Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 10 de Febrero de 2004, S. 189. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

S. 189. XXXIX.

S., J.D. c/C., M.C. y otros s/ indemnización por antigüedad y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 10 de febrero de 2004.

Vistos los autos: "Senas, J.D. c/C., M.C. y otros s/ indemnización por antigüedad y otros".

Considerando:

Que el tribunal que dictó la sentencia contra la que se dirige el recurso extraordinario, no es el superior tribunal, según el art. 14 de la ley 48 (Fallos: 308:490 y 311:2478).

Por ello, se lo declara mal concedido. Con costas. N. y remítase. E.S.P. -A.C.B. -A.B. -A.R.V. -J.C.M..

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