Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Febrero de 2004, A. 1637. XXXIX

Fecha06 Febrero 2004
EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

A. 1637. XXXIX.

RECURSO DE HECHO

A., M.A. c/ Empresa Nacional de Telecomunicaciones.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de febrero de 2004.

Autos y Vistos; Considerando:

Que por no haber cumplido el recurrente con la intimación de fs. 40, corresponde desestimar la presente queja (art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Que el juez V. se remite a su voto en las causas: "U., S.M. c/C., F. y otro", Fallos:

319:1389 y "M., H. c/ Allois, V.D.", Fallos: 319:2805, entre otros.

Por ello, por mayoría, el Tribunal resuelve desestimar la presente queja.

H. saber y, oportunamente, archívese.

E.S.P. -A.C.B. -C.S.F. -A.B. -A.R.V. -J.C.M. -E.R.Z..

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