Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 16 de Septiembre de 2003, D. 268. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 268. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

Dentone, J.M. c/ Seguridad y Custodia S.R.L.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 16 de septiembre de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la demandada en la causa Dentone, J.M. c/ Seguridad y Custodia S.R.L.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación motivó la queja en examen, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello y los fundamentos expuestos por el señor Procurador General a los que cabe remitir en razón de brevedad, se desestima la queja. Dase por perdido el depósito de fs. 1.

Devuélvanse los autos principales. N. y archívese.

CARLOS S. FAYT - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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