Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 8 de Septiembre de 2003, E. 119. XXXIX

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

E. 119. XXXIX.

ORIGINARIO

PENAL Embajada de la República del Paraguay s/ violación de los deberes de funcionario público.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 8 de septiembre de 2003.

Autos y Vistos:

Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor P.F., a cuyos términos cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que la presente causa no es de competencia originaria de la Corte, por lo que corresponde devolverla al juzgado de origen, a sus efectos. N. y cúmplase. AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F.

LOPEZ - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ - JUAN CARLOS MAQUEDA.

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