Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 20 de Marzo de 2003, M. 788. XXXV

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

M. 788. XXXV.

RECURSO DE HECHO

Ministerio de Trabajo c/ Acmar S.A.I.C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 20 de marzo de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por Acmar S.A. y A.F.S. en la causa Ministerio de Trabajo c/ Acmar S.A.I.C.", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que en atención a lo resuelto por el juez de grado a fs. 199 de los autos principales, resulta inoficioso que esta Corte se pronuncie sobre la cuestión que motivó la presente queja.

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 50. N. y, oportunamente, previa devolución de los autos principales, archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRAC- CHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V. -J.C.M..

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