Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Febrero de 2003, A. 2198. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

P. 2004. XXXVIII. Y OTROS RR.OO.

P.P.H. c/ ANSES s/ REA- JUSTES VARIOS.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de febrero de 2003.

Vistos los autos: "P.2004.XXXVIII 'PEREZ PATRICIO HUM- BERTO c/ ANSES'; A.2198.XXXVIII 'ANGELANI TOMAS ANTONIO c/ ANSES'; A.2407.XXXVIII 'ARCIDIACO EDUARDO VICTORIO c/ ANSES'; B.3411.XXXVIII 'B.M. c/ ANSES'; B.3529.XXXVIII 'BIAN- CHINI O.L. c/ ANSES'; C.3544.XXXVIII 'C.J.J. c/ ANSES'; E.477.XXXVIII 'ESCOBAR MARIO FRANCISCO c/ ANSES'; G.2446.XXXVIII 'GUZMAN MACARIO AURELIO c/ ANSES'; G.2448.XXXVIII 'GUALTRUZZI ELBA VERONICA c/ ANSES'; L.1474.- XXXVIII 'LEMA ALBERTO ENRIQUE c/ ANSES'; L.1537.XXXVIII 'LANZ S.M.I. c/ ANSES'; M.3132.XXXVIII 'MOREDA JOSE c/ ANSES'; O.537.XXXVIII 'O.V. c/ ANSES'; R.1749.- XXXVIII 'R.M. DE LA ASUNCION c/ ANSES'; R.1753.- XXXVIII 'RAPALLINI BEATRIZ AURELIA c/ ANSES'; R.1792.XXXVIII 'R.A. c/ ANSES'; S.2279.XXXVIII 'SICURO TULIO c/ ANSES'".

Considerando:

  1. ) Que la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en la causa P.822.XXXVI. "Perletto, R.A. c/ ANSeS s/ reajustes varios", fallada con fecha 5 de febrero de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad.

  2. ) Que los agravios referentes a la tasa de intereses guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en la causa A.376.XXXV.

    "A., F. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ reajustes por movilidad", sentencia de fecha 21 de mayo de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad.

  3. ) Que los restantes agravios del organismo previsional suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), cuyos fundamentos se dan por reproducidos.

    Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los

    recursos ordinarios deducidos y confirmar las sentencias apeladas. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). N. y devuélvanse. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F.

    LOPEZ - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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