Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 6 de Febrero de 2003, L. 1459. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

L. 1459. XXXVIII.

RECURSO DE HECHO

L., J.C. y otros s/ homicidio calificado encubrimiento Ccausa n° 61/01C.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 6 de febrero de 2003.

Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensora de J.C.L. en la causa L., J.C. y otros s/ homicidio calificado - encubrimiento Ccausa n° 61/01C", para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. Intímese a la parte recurrente a que, dentro del quinto día, efectúe el depósito que dispone el art. 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. H. saber y archívese. EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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