Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 22 de Agosto de 2002, T. 117. XXXVIII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

D. 37. XXXVIII. Y OTROS RR.OO.

D.S. c/ ANSES s/ REAJUSTES VA- RIOS.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 22 de agosto de 2002.

Vistos los autos:

"D.37.XXXVIII 'D.S. c/ ANSES'; A.243.XXXVIII 'A.H.E. c/ ANSES'; B.1303.XXXVIII 'B.A.E. c/ ANSES'; D.106.- XXXVIII 'D.G.E. c/ ANSES'; D.218.XXXVIII 'DUARTE CRISTINO c/ ANSES'; G.89.XXXVIII 'GIAMMATTEO MAFALDA c/ ANSES -ESTADO NACIONAL- MINISTERIO DE TRABAJO'; G.169.- XXXVIII 'GIL DE A.E. c/ ANSES'; I.74.XXXVIII 'I.J.A. c/ ANSES'; M.144.XXXVIII 'MAD HIPOLITO EMAN c/ ANSES'; M.162.XXXVIII 'M.L.A. c/ ANSES'; M.241.XXXVIII 'M.M. c/ ANSES'; M.259.XXXVIII 'M.J.C. c/ ANSES'; P.154.XXXVIII 'PUCHETA FILIBERTO c/ ANSES'; R.67.XXXVIII 'RALL FERNANDO c/ ANSES'; T.117.XXXVIII 'TORRES RAQUEL BLANCA c/ ANSES'".

Considerando:

  1. ) Que la cuestión que se suscita en las presentes causas, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por este Tribunal en la causa P.822.XXXVI. "Perletto, R.A. c/ ANSeS s/ reajustes varios", fallada con fecha 5 de febrero de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad.

  2. ) Que los agravios referentes a la tasa de intereses guardan sustancial analogía con los analizados y resueltos por esta Corte en la causa A.376.XXXV.

    "A., F. c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ reajustes por movilidad", sentencia de fecha 21 de mayo de 2002, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad.

  3. ) Que los restantes agravios del organismo previsional suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), cuyos fundamentos se dan por reproducidos.

    Por ello el Tribunal resuelve: declarar procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmar las sentencias apeladas. Costas por su orden (art. 21, ley 24.463). N.

    y devuélvanse. JULIO S. NAZARENO - EDUARDO MOLINE O=CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ANTONIO BOGGIANO - GUILLERMO A. F.

    LOPEZ - ADOLFO ROBERTO VAZQUEZ.

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