Sentencia de Suprema Corte de Justicia (Argentina), 18 de Julio de 2002, G. 818. XXXVII

EmisorSuprema Corte de Justicia (Argentina)

G. 818. XXXVII.

RECURSO DE HECHO

G.Z., E. c/V.M.S.A. y otros.

Corte Suprema de Justicia de la Nación Buenos Aires, 18 de julio de 2002.

Vistos los autos: A. de hecho deducido por la demandada en la causa G.Z., E. c/V.M.S.A. y otros@, para decidir sobre su procedencia.

Considerando:

Que el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Por ello, se desestima la queja. D. perdido el depósito de fs. 60. H. saber y, oportunamente, archívese.

EDUARDO MOLINE O'CONNOR - AUGUSTO CESAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - GUILLERMO A.F.L. -A.R.V..

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